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ORDENANZA N° 010 DE 2016
(MAYO 27)
“POR LA CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA LOS QUE SOÑAMOS SOMOS + PARA EL PERÍODO 2016-2019”.
LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales especialmente las contempladas en el artículo 339 y legales, en particular las contenidas en la ley 152 de 1994,
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Gobernador según el artículo 305 de la Constitución “Presentar oportunamente a la Asamblea Departamental los proyectos de ordenanza sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas y presupuesto anual de gastos y rentas”.
Que el Señor Gobernador convocó la conformación e instalación del Consejo Territorial de Planeación, como una Instancia de Planeación, en los términos del artículo 33 de la Ley 152 de 1994.
Que el Señor Gobernador con su equipo de gobierno elaboró, presentó y puso a consideración del Consejo Territorial de Planeación del Archipiélago el anteproyecto del Plan de Desarrollo Departamental “LOS QUE SOÑAMOS SOMOS + 2016-2019”, tal como lo establece la Ley.
Que también fue entregado el anteproyecto del Plan a la Corporación Autónoma Regional CORALINA; recibiéndose concepto de ésta.
Que una vez abordado todo un proceso de reuniones para la construcción colectiva del Plan, donde se organizaron mesas sectoriales y de grupos poblacionales para al menos los siguientes temas: Archipiélago + seguro; Archipiélago con + control poblacional; Archipiélago + educado; Archipiélago + saludable; Archipiélago + deportista; Archipiélago + cultural; Archipiélago con + equidad de género; Archipiélago con + estrategia atención a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y familia; Archipiélago con + atención a grupos de protección especial; Archipiélago con + vivienda, entorno y ordenamiento territorial; Archipiélago con + servicios; Archipiélago + respetuoso con el ambiente; Archipiélago con + turismo sostenible; Archipiélago con + conectividad y + movilidad; Archipiélago con + agricultura y pesca; Archipiélago + emprendedor y + fortalecido empresarialmente; se procede a la realización de los ajustes finales para presentar el Proyecto de Ordenanza por
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medio de la cual se adoptará el Plan de Desarrollo 2016-2019, en los términos establecidos en el artículo 40 de la Ley 152 de 1994.
ORDENA:
ARTÍCULO 1: Adóptese para el periodo 2016-2019 el Plan de Desarrollo Departamental “LOS QUE SOÑAMOS SOMOS +”.
ARTÍCULO 2: Adóptese el componente “SALUD COMO UN DERECHO 2016-2019” como parte integral de este Plan de Desarrollo como el Plan Territorial de Salud del Departamento.

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